Si tienes actividad empresarial, eres persona moral o llevas tu propio negocio, hoy es el día: el plazo para presentar tus declaraciones mensuales de septiembre vence este lunes 19 de octubre. ¿Por qué hoy y no el 17? Porque el 17 de octubre cayó en sábado, así que el SAT recorrió el vencimiento al siguiente día hábil.
¿Qué tienes que declarar?
En este corte entran varias obligaciones al mismo tiempo:
- ISR provisional o definitivo de septiembre.
- IVA definitivo del mismo mes.
- IEPS, si tu actividad lo contempla.
- Retenciones de ISR e IVA que hayas hecho a terceros.
- Cuotas obrero-patronales del IMSS, si tienes trabajadores.
Si tu RFC termina en 1 o 2, tu fecha también es hoy; si termina en 3 o 4, tienes hasta mañana 20; 5 o 6, el 21; 7 u 8, el 22; y 9 o 0, el 23 de octubre. Esta facilidad del “sexto dígito” te da unos días extra, pero no aplica para todos los casos, así que revisa bien tu situación antes de confiarte.
¿Qué pasa si no declaras a tiempo?
No es solo un tema de “después lo arreglo”. Por cada declaración de ISR o IVA que se te pase, las multas van de 1,800 a 17,000 pesos aproximadamente, y si también te saltas la DIOT (que vence el 30 de octubre, un día antes de que el 31 caiga en sábado), esa multa sube hasta 35,200 pesos. Encima, lo que debas se actualiza con el INPC y genera recargos.
Si ya sabes que no vas a alcanzar a reunir todo, mejor presenta con lo que tengas listo y después corriges: lo que más te cuesta caro es no presentar nada.
¿Ya tienes lista tu declaración de septiembre o todavía andas armando papeles? Cuéntame en los comentarios.
