Si todavía no has activado tu Buzón Tributario, esto te interesa. El SAT amplió el plazo para habilitarlo hasta el 31 de diciembre de 2026, pero a partir del 1 de enero de 2027 empezarán las multas para quien no lo tenga funcionando.
¿Quién está obligado?
Prácticamente todas las personas físicas y morales inscritas en el RFC deben tener su Buzón Tributario activo, con al menos un medio de contacto validado. La excepción es para quienes no tienen obligaciones fiscales ni actividad económica, y para asalariados con ingresos menores a 400 mil pesos al año: para ellos sigue siendo opcional.
Lo que debes saber antes de que termine el plazo
- Las multas van de $3,850 a $11,540 pesos por no activarlo, no registrar tus datos de contacto o no mantenerlos actualizados.
- El trámite se hace en línea en el portal del SAT: necesitas tu RFC, contraseña o e.firma vigente, un número celular y hasta cinco correos electrónicos.
- Si ya tienes buzón activo pero cambiaste de celular o correo desde que lo diste de alta, este es buen momento para actualizarlo: una notificación que no te llega sigue contando como entregada para el SAT.
- Si emitiste o recibiste CFDI en los últimos 12 meses, estás obligado aunque no lo sepas.
El Buzón Tributario es el canal que usa el SAT para notificarte requerimientos, resoluciones y hasta embargos, así que no es un trámite que convenga dejar para después. En Contably.mx podemos ayudarte a activarlo o verificar que esté correctamente configurado antes de que se acabe el año. Escríbenos si tienes dudas.
