La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió algo que le pega directo a miles de personas en el Régimen Simplificado de Confianza: si incumples con tus obligaciones, el SAT no tiene que avisarte antes de sacarte de RESICO. La salida ocurre en automático, desde el momento exacto en que incumples.
Antes había criterios distintos entre las salas de la Corte, pero ahora quedó como criterio único y obligatorio: la resolución es del 9 de abril de 2026. Y el cambio más fuerte no es solo que no te avisan, sino que la salida de RESICO es retroactiva al inicio del ejercicio, así que tendrías que recalcular tus impuestos bajo otro régimen desde enero.
¿Por qué te pueden sacar de RESICO?
Según el artículo 113-I de la Ley del ISR, te pueden expulsar de RESICO si:
- Omites 3 o más pagos mensuales (consecutivos o no)
- No presentas tu declaración anual
- Superas los $3,500,000 MXN de ingresos anuales
- No cumples requisitos de control, como tener tu e.firma inactiva
Y ojo con esto: el SAT ya no tiene que avisarte antes. Solo te notifica después, para informarte de un hecho que ya pasó, no para activarlo.
¿Qué puedes hacer?
- Cumple puntualmente tus pagos provisionales y tu declaración anual
- Revisa tu Buzón Tributario seguido, ahí es donde el SAT te va a notificar
- Si ya te expulsaron, puedes interponer un recurso de revocación (tienes 30 días) o un juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Si estás en RESICO, este es buen momento para hacer un repaso con tu contador: revisar que tus pagos estén al corriente y que no vayas a rebasar el tope de ingresos. Mejor prevenir que andar peleando una salida retroactiva.
