dom. Jun 15th, 2025



Recibir ayuda económica de amigos o conocidos en momentos difíciles es algo común, especialmente cuando se trata de emergencias familiares. Sin embargo, muchas personas no saben que las donaciones en efectivo también pueden tener implicaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Aquí te explicamos cuándo una donación está exenta de impuestos y cuándo debes declararla para evitar multas o recargos.

¿Qué dice la ley sobre las donaciones?

La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece en su artículo 93, fracción XXIII que están exentas de impuestos las donaciones que se realicen:

Entre cónyuges,

De padres a hijos (o viceversa),

De abuelos a nietos, o entre descendientes en línea recta.


Pero si la donación se recibe de una persona sin parentesco directo —como amigos, tíos, primos o conocidos—, sí puede ser gravable, dependiendo del monto.

¿Cuál es el límite exento?

Aunque el artículo menciona “salario mínimo”, desde la reforma constitucional de 2016, estos límites deben calcularse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Para 2025, el valor diario de la UMA es de $120.00 pesos.
Entonces, el límite exento es:

> $120.00 × 3 × 365 días = $131,400 pesos al año



Esto significa que si recibiste una o varias donaciones que en total no superan los $131,400 pesos en el año, no tienes que pagar ISR por ellas.
Pero si el monto total supera esa cantidad, debes declarar el excedente en tu declaración anual y pagar el impuesto correspondiente.

Ejemplo práctico:

Supón que un grupo de amigos te donó $150,000 pesos en efectivo para ayudarte durante una emergencia.

Monto exento: $131,400 pesos

Excedente gravable: $18,600 pesos


En este caso, deberías declarar ese excedente como ingreso acumulable en tu declaración anual del ejercicio fiscal correspondiente.

¿Cómo puedes comprobar que fue una donación?

Para evitar que el SAT considere ese dinero como ingreso no justificado (y te imponga multas), es importante contar con una carta de donación simple, que incluya:

Nombre y RFC del donante y del receptor

Monto donado

Fecha de la transferencia

Motivo de la donación

Firmas de ambas partes


Este documento puede marcar la diferencia si alguna vez el SAT te solicita justificar un depósito.

¿Y si ya recibí el dinero y no lo declaré?

Si el monto rebasa el límite exento y no lo declaraste, aún puedes corregir tu situación presentando una declaración complementaria.
Hacerlo de forma voluntaria te evita sanciones más severas en caso de una revisión por parte de Hacienda.




Conclusión:
Recibir una donación no siempre es sinónimo de tranquilidad fiscal. Aunque muchas están exentas, el SAT puede requerir que justifiques el origen de tus depósitos. Asegúrate de documentar correctamente y declarar lo necesario para evitar problemas.

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